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Personas trans pueden hacer adecuación registral de nombre y sexo en la partida de nacimiento
Con la implementación de la Ley Nº 19.684, las personas pueden solicitar la adecuación de la mención registral de su nombre, sexo, o ambos, cuando los mismos no coincidan con su identidad de género.
Una Comisión Honoraria de Cambio de Identidad y Género, integrada por tres miembros del MEC, es la encargada de recibir estas solicitudes y dar seguimiento a la petición.
La Comisión, tiene e
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Al respecto, se establecen tres franjas etarias para realizar esta adecuación. Una primera que comprende a menores de hasta 13 años, que deberán tener la anuencia de sus representantes legales y acreditar la existencia de un proceso acompañado por profesionales idóneos. Un segundo segmento etario, que abarca las personas entre 13 y 18 años y por último, mayores de edad.
Desde la implementación de la ley, son 250 las solicitudes que se encuentran en trámite.
En el interior del país las solicitudes se reciben a través de las oficinas territoriales del Ministerio de Desarrollo Social.
También se reciben via mail a cambiodenombre@dgrec.gub.uy